GLAD

Herramienta tributaria · Colombia · 2026

Calculadora de retención en la fuente

Estima la retención mensual de salarios, pensiones y honorarios con tratamiento de renta de trabajo. El cálculo ocurre en tu navegador: no almacenamos los datos que ingresas.

Datos del pago mensual

Diligencia valores correspondientes al mismo mes. Si recibes honorarios, usa esta simulación solo cuando aplique la tabla de rentas de trabajo.

Tipo de ingreso y pago
Para salarios se aplica la tabla del artículo 383. Las pensiones pueden tener reglas de exención específicas que esta estimación no sustituye.
COP $
Suma salario, comisiones y demás pagos gravables del período. No incluyas ingresos no gravados o ya excluidos.
Ingresos no constitutivos
COP $
A cargo del trabajador o contratista y efectivamente pagado.
COP $
Incluye el aporte obligatorio que corresponda al período.
COP $
Solo conceptos con soporte y tratamiento tributario aplicable. La herramienta no valida su procedencia.
Deducciones y rentas exentas
COP $
Se limita automáticamente a 100 UVT mensuales.
COP $
Se limita automáticamente a 16 UVT mensuales.
COP $
Ingresa el valor ya soportado y dentro de su tope individual.
COP $
Ej.: aportes voluntarios o AFC, si cumplen condiciones y límites propios.
Se calcula el menor entre 10% del ingreso bruto y 32 UVT mensuales. Debes entregar el certificado y soportes al agente retenedor.
Para rentas de trabajo. Se calcula después de los demás factores y se limita a 790 UVT al año (65,83 UVT como referencia mensual).

Cómo se depura

  • Se restan aportes obligatorios e ingresos no constitutivos procedentes.
  • Se aplican deducciones con sus topes individuales.
  • La suma de deducciones y rentas exentas no supera 40% del ingreso neto ni 1.340 UVT anuales, mensualizadas.
  • La base resultante se lleva a UVT y se aplica la tabla del artículo 383.

Para honorarios

Úsala si eres persona natural y el pago recibe tratamiento de renta de trabajo. Si optas por costos y gastos en vez de la renta exenta del 25%, o si tu caso tiene una tarifa de honorarios, servicios, comisiones, dividendos, compras u otra retención especial, consulta la regla específica con tu contador o agente retenedor.